CABRAL, Barahona: Denuncian que la Presidenta del Consejo de Regidores de la alcaldía, Josefa Segura Féliz (Yolanda), se ha negado a convocar una sesión, para conocer el Presupuesto Municipal de este año presentado por e Alcalde Rafael Ferreras.
Al no estar aprobado el presupuesto las consecuencias son que el cabildo no obtiene buena calificación en el Sistema de Monitoreo de la Administración Pública (SISMAP) y por tanto no se beneficia de programas especiales de inversión, en obras civiles y de equipos, promovidas por el MAP, PNUD, LMD, EU, FEDOMU y otras entidades de cooperación.
Otra de las consecuencia de igual o mayor importancia, es la imposibilidad de accesar a los fondos del capítulo de inversión, para la construcción de obras civiles en los barrios y comunidades del municipio; tal cual ocurrió en los últimos ocho 8 meses del año pasado en los inicios de la presente gestión.
Por otro lado hay que resaltar que durante no se apruebe este Presupuesto Municipal, no se podrá ejecutar el Presupuesto Participativo, donde ya en las Asambleas Barriales, nuestros munícipes seleccionaron la construcción de algunas obras que consideran prioritarias, con apego al cumplimiento de la ley 170-07, del mencionado presupuesto.
Estás y otras consecuencias negativas pueden atrasar el avance de este municipio, que bastante necesita del deponer los intereses particulares y de partidos políticos, frente a los intereses de las mayorías del pueblo.
El alcalde Rafael Ferreras, hace un llamado a los regidores, a la sensatez y la razón por encima de cualquier otro interés; sobre todo a la presidenta de la Sala Capitular, que de insistir en no realizar las sesiones requeridas, constituye una negación de derecho, ante el pedido del alcalde.
Según el alcalde, las sesiones deben producirse, porque para eso el ayuntamiento les paga a los regidores, deben producirse aunque en su celebración las pretensiones del alcalde sean o no aprobadas con el voto positivo.
No producir las sesiones, insiste en una negación de Derechos Municipales, por consiguiente una violación a la ley 176-07 y la afectación a los derechos del pueblo cabraleño.